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Código Penal Artículo 362 quater Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Penal Zacatecas
Artículo 362 quater.

Se impondrán de tres a nueve años de prisión y multa de cien a doscientas cuotas, al que permita que se intitulen bajo su nombre bienes o derechos adquiridos con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de una actividad ilícita, con conocimiento de esta circunstancia.

Cuando la persona que realiza los actos jurídicos, con el resultado mencionado en el párrafo anterior, revele a la autoridad competente la identidad de quien haya aportado los recursos o de quien se conduzca como dueño, la pena podrá ser reducida hasta en dos terceras partes.



Estado de Zacatecas Artículo 362 quater Código Penal
Artículo 1 ...362 bis 362 ter 362 quater 362 quintus 362 sextus ...392

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